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Precuntas frecuentes
Dos personas con apariencia de dudas y simbolos de interrogación alrededor

Preguntas frecuentes

Éstas son las respuestas a las preguntas que más frecuentemente nos hacen. Si no encuentras la pregunta que buscas, escríbenos o llámanos y te atenderemos.

(Las respuestas a estas preguntas han sido chequeadas por EnergyRIS y por nuestros expertos en regulación).

 

1. Introducción al autoconsumo colectivo

¿Qué es el autoconsumo colectivo con fotovoltaica?

Simplemente es una planta fotovoltaica dotada de un contador de energía producida que ENDESA reparte a todos los contadores de consumo que queramos en un área de dos kilómetros de radio dentro de suelo urbano consolidado. Por tanto, no hacen falta cables para conectar generación y consumos.

¿Vale la pena instalar una planta fotovoltaica para autoconsumo colectivo en la cubierta de mi edificio?

Si tienes una superficie disponible de más de 10 m2 es previsible que lo sea, ya que los consumos de las zonas comunes no suelen requerir superficies mayores. Además, si tu comunidad de propietarios tiene más de un contador, no te queda otra que instalar un autoconsumo colectivo para repartir entre ellos.

¿Cuánta superficie de la cubierta de mi edificio se debería dedicar a la instalación fotovoltaica de autoconsumo colectivo?

Toda la posible. Sería una pena usar menos superficie cuando es previsible que toda la energía producida sea utilizada por la comunidad y por los propietarios de los apartamentos.

¿Cómo repartimos la energía producida?

Lo óptimo es que nosotros estudiemos el perfil de consumo de cada contador y te asignemos la parte de la potencia fotovoltaica disponible cuando mejor te venga. Nosotros nos encargamos de dar esos datos periódicamente a ENDESA.

¿Y si no tengo la vivienda ocupada más que unos meses al año, vale la pena?

Claro, te podemos asignar la potencia sólo en el período del año que nos diga y repartir a otros contadores dicha potencia el resto del año, aunque también se puede mantener un coeficiente fijo todo el año y utilizar la denominada batería virtual para acumular el valor económico de los excedentes con tu comercializadora y usarlo cuando interese. No obstante, esta segunda opción podría ser menos atractiva económicamente al depender del precio que nos quiera reconocer la comercializadora de forma unilateral, y nos lo pueden cambiar cada mes.

2. Pasos para tener un autoconsumo colectivo

¿Cómo debo dar los pasos para que la instalación de autoconsumo colectivo sea una realidad en mi comunidad de propietarios?

Lo primero es dejarte asesorar por un gestor de autoconsumo, como nosotros. Al menos debe ser alguien que no tenga vínculos con empresas instaladoras y/o comercializadoras. Esto es debido a que las instaladoras pueden querer instalarte la planta fotovoltaica que les dé mayor margen de beneficio, y no la planta que realmente necesites. En cuanto a las comercializadoras, querrán hacerte contratos a muy largo plazo y que te vinculen a comprarles la electricidad durante todo ese tiempo y sin poder pedir subvenciones. En cambio, un gestor de autoconsumo siempre querrá que la planta te dé los mayores ahorros y durante muchos años, de forma que quieras seguir siempre contando con sus servicios.

¿Cuál es el coste estimado para un apartamento para participar en un autoconsumo?

Si consideramos que 1 kW de potencia fotovoltaica en media puede producir 1600 kWh al año de electricidad en Canarias (varía un poco hacia arriba o hacia abajo, según la concreta localización y las sombras) y que una familia media consume unos 3200 kWh al año, requerirá una potencia de 2 kW. Si la planta fotovoltaica se instala en una cubierta amplia y cómoda, el precio no debería superar los 2500 euros. Este coste se puede amortizar en unos 6,5 años a los precios actuales, si consumimos toda la electricidad que produce, evitando comprarla a la comercializadora que tengamos (2500 x 0,12 x 6,5 = 3200 euros). Si el consumo anual del apartamento es menor, nosotros nos encargaremos de hacer un reparto ajustado a sus necesidades.

3. Diseño e instalación

¿Se puede poner baterías a un autoconsumo colectivo?

La respuesta es que sí. Además, es mucho mejor opción que la “batería virtual”, ya que lo que almacenas son kilowatios-hora y no el precio que quiera fijar la comercializadora de forma unilateral. Además, la subvención ofrece 400 euros/kWh de almacenamiento en baterías.

¿Cómo podemos decidir en mi comunidad de propietarios utilizar nuestra cubierta para realizar un autoconsumo colectivo?

En una junta de propietarios, sólo hace falta que una mayoría de los que voten a favor representen al menos un tercio de propietarios y cuotas.

¿Qué pasa si un propietario no quiere participar ahora pero decide solicitarlo más adelante?

Hay que empezar señalando que la planta fotovoltaica es propiedad de la comunidad, por lo que siempre tendrá derecho a participar. Si se produce ese caso, nosotros nos encargaremos de modificar los coeficientes de reparto para que pueda participar. Eso sí, tendrá que abonar lo que ha costado su parte de la planta a quienes la pagaron en su momento, incluida la subvención. Nosotros le prepararemos un Reglamento de Régimen Interior para que este tipo de solicitudes se ejecuten sin problemas.

¿Qué ocurre si un propietario expresa ahora su interés en participar pero decide no hacerlo más adelante?

Tanto si se echa atrás antes como después de la junta, nosotros modificaremos los coeficientes de reparto para que su parte se reparta entre el resto de participantes. Lo habitual es que la planta fotovoltaica dé menos electricidad que la que demanda el edificio, por lo que seguro que los demás propietarios estarán encantados de repartirse su parte, y más si se consigue la subvención.

¿Hay un número mínimo de participantes para que el proyecto sea viable?

No, cualquier número de participantes vale. En último lugar, si el número de participantes fuera menor a la superficie disponible de la cubierta, modificaríamos el proyecto y haríamos una planta fotovoltaica más pequeña. No obstante, estos casos son muy raros, y más si hay una subvención tan generosa. Además, cada kW de potencia fotovoltaica ocupa unos 8 m2 de cubierta, por lo que lo habitual es que la cubierta sólo sirva para cubrir una parte de la demanda del edificio.

¿Está la cubierta de mi edificio preparada para aguantar el peso de la planta fotovoltaica?

Habitualmente sí. El peso que se suele considerar es de 30 kg/m2, un valor muy bajo en la mayor parte de construcciones.

4. Sobre la cubierta del edificio

¿Hay que taladrar la cubierta para fijar los módulos fotovoltaicos?

No necesariamente. Si se desea, se pueden fijar a bloques de hormigón y se sujetan por gravedad.

En mi cubierta tengo amianto. ¿Puedo instalar sobre él?

Puede que no haga falta tocar el amianto para instalar la planta fotovoltaica. También hay que señalar que hay subvenciones para la retirada del amianto.

5. Comunidades energéticas, comercializadoras e instaladoras

¿Hay que participar en una comunidad energética para tener un autoconsumo colectivo?

No. Nosotros estamos creando comunidades energéticas en Tenerife como asociaciones sin ánimo de lucro pero, simplemente, como puntos de encuentro entre quienes producen más energía fotovoltaica de la que necesitan y quienes quieren esos excedentes para consumirlos y generar ahorros en su factura eléctrica. Hay otras iniciativas que pretenden montar cooperativas, recabar fondos entre los socios y que las plantas sean propiedad de la comunidad energética. Nosotros respetamos esas iniciativas, pero nos parecen muy complicadas y no las promovemos.

Mi comercializadora me ofrece participar en una “comunidad solar”. ¿Qué diferencias hay con el autoconsumo colectivo que ustedes proponen?

La principal diferencia es que con la “comunidad solar” te obligarán a comprarles la energía eléctrica durante muchos años (15 – 20 años, habitualmente) y al precio que te digan, además de que la instalación fotovoltaica te saldrá más cara, no será tuya hasta que pase dicho plazo, y no podrás pedir subvenciones para abaratarla. También es malo para las instaladoras locales, que terminan siendo simples subcontratas de dichas comercializadoras. La ventaja que tiene es que ellos se encargarán de todo, pero eso también lo tienes con nosotros. Además, en nuestro caso, las instaladoras locales son contratadas directamente por ti. Tratamos de fomentar la economía circular al máximo.

¿Instalar autoconsumo colectivo requiere empresas instaladoras especializadas?

Sí. Hay que pensar que no sólo se está instalando una planta fotovoltaica, sino también haciendo la preinstalación de un contador de generación de ENDESA, y puede que haya que hacer obras adicionales porque la conexión del edificio a la red ya no cumpla con la norma. Empantanarnos con estos problemas puede suponer no lograr justificar la subvención dentro de plazo y perderla, si se pide. También es importante contar con un mínimo de 3 presupuestos, evitando conflictos de intereses. Llevando nosotros la dirección facultativa, te recomendaremos las instaladoras adecuadas para que esto no ocurra, teniendo siempre tú la última decisión sobre qué empresa contratar.

¿Qué diferencias hay entre Compartiendo Verde y plataformas web que te ofrecen ayudarte a constituir comunidades energéticas?
  • La principal diferencia es la libertad que ofrecemos para que participes o dejes de participar cuando quieras. Queremos que estés con Compartiendo Verde simplemente porque lo ves la mejor opción.
  • La segunda diferencia es que ni obligamos a que seas miembro de una comunidad energética, ni que compres la electricidad residual a una comercializadora determinada. Eres libre para seguir con tu comercializadora y limitarte a pedirnos que te gestionemos el autoconsumo.
  • La tercera diferencia es que no cobramos cuotas por socio, sino que cobramos una pequeña cuota anual por planta fotovoltaica, lo que siempre implica un precio mucho más bajo.
  • La cuarta diferencia es que monitorizamos las plantas con nuestros dispositivos y con los datos que nos de ENDESA de producción, de forma que detectamos muchos más problemas que, simplemente, leyendo los datos en las plataformas de los fabricantes de los inversores fotovoltaicos de la planta fotovoltaica. Y tenemos servicios jurídicos especializados por si tenemos que ponernos más serios.
  • La quinta diferencia es que somos 100% canarios, impulsados por una empresa spin-off de la Universidad de La Laguna y tenemos oficinas cerca de ti.

Tenemos muchas más diferencias que queremos que descubras con nosotros.

6. Mantenimiento y garantías de la instalación fotovoltaica

¿Qué garantías suelen tener las instalaciones fotovoltaicas?

Cualquier producto que se compra tiene un mínimo legal de 3 años de garantía. Para la fotovoltaica esto está muy bien, porque los posibles problemas surgen, en su gran mayoría, los primeros meses. Además,  los fabricantes especifican garantías adicionales sobre la potencia de salida, típicamente suele ser 95% a los 10 años, 90% a los 25 años. Nosotros vigilamos las garantías.

En este punto, es importante contar con una monitorización de la planta independiente de la que ofrece la marca del inversor, así como un chequeo anual sobre el terreno, especialmente para chequear la estructura mecánica y las conexiones. También es importante que un experto técnico te defienda ante instaladoras y fabricantes si la planta fotovoltaica no rinde como debiera. Nosotros te ofrecemos todo esto.

¿Es necesario limpiar los paneles solares? ¿Cómo se realiza la limpieza?

Las pérdidas por suciedad de los paneles en Canarias no son muy elevadas. Así, entre lluvias se puede llegar a un 10 – 15% de pérdidas. Nosotros no recomendamos la limpieza, a no ser que ocurra algo extraordinario que detectemos en la monitorización. Si esto ocurre, te lo haremos saber y, si lo estima, te programaremos la limpieza o la organizas por su cuenta. No obstante, las plantas fotovoltaicas grandes en Canarias, situadas sobre suelo rústico, en zonas mucho más polvorientas que nuestras ciudades, no se suelen limpiar sino que se espera a la siguiente lluvia.

También hay que pensar que limpiar las plantas tiene costes, que pueden ser mayores que las propias pérdidas que se producen, y más si los módulos fotovoltaicos están situados en zonas para las que se requiere tomar medidas de prevención frente a riesgos laborales.

Los paneles se limpian principalmente con agua (idealmente destilada) que se puede aplicar con algún tipo de bayeta.

Además, monitorizamos la instalación y se notificará sobre pérdidas de producción para poder tomar medidas correctivas.

¿Qué es lo más importante a considerar en cuanto a mantenimiento de una planta fotovoltaica?

Desde nuestro punto de vista, lo más importante es contar con una buena monitorización de la planta con dispositivos propios, independiente de los datos que nos dé el inversor de la planta fotovoltaica, así como monitorizando los datos aportados por el contador de ENDESA. Idealmente también sería bueno contar con una estación meteorológica que nos informara de la irradiación solar en la zona en tiempo real.

Además, conviene hacer una visita anual para chequear la estructura mecánica y las conexiones, así como si existen módulos con pegotes que no se vayan con una simple lluvia y requieran una limpieza más exigente.

¿Cuál es la razón más importante por la que debes usar nuestros dispositivos para monitorizar tu planta fotovoltaica?

Realmente hay dos razones:

  • Si sólo monitorizas a través de los datos que te da el inversor de la planta fotovoltaica, no eres capaz de detectar si el inversor no funciona adecuadamente. Además, tenemos la experiencia de que corres el riesgo de perder la comunicación con el inversor por distintas razones y no ser capaz de recuperarla. Nuestros dispositivos evitan esto, funcionando de forma independiente al inversor.
  • Nuestros dispositivos son INTEROPERABLES. Esto significa que si te cansas de nuestros servicios y nuestra plataforma online para la supervisión de la planta, eres libre de llevártelos y empezar a trabajar con otra plataforma. Es decir, no te secuestramos.

7. Tributos y declaración de la renta

¿Se debe declarar el autoconsumo o los excedentes?

La energía generada por la instalación de autoconsumo que es autoconsumida no se declara, ya que no hay venta a la red.

En el caso de los excedentes, el caso más común es acogerse a la compensación simplificada (o «batería virtual») con la comercializadora que tenga, y no se declaran. El precio de los excedentes lo fija la comercializadora, es sustancialmente más bajo que el que le pagas por la energía que ellos te venden y te lo puede modificar cuando quiera. Por eso es importante consumir el máximo de energía en tiempo real (cuando se produce) de forma que los excedentes sean mínimos. Nosotros te ayudamos a conseguirlo.

Alternativamente, se pueden vender los excedentes en el mercado eléctrico, y aquí sólo pagas impuestos a partir de una cantidad y el tipo de tributación que realizas. También te podemos asesorar si quieres hacerlo de esta manera.

¿Hay deducciones para instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo?

Sí, hay deducciones:

  • IRPF: Las deducciones están vigentes hasta 31 de diciembre de 2025 y oscilan entre un 40% si la planta fotovoltaica es para autoconsumo individual, y un 60% si es para el autoconsumo del edificio. También pueden incluirse deducciones autonómicas. IMPORTANTE: hace falta aportar certificaciones energéticas antes y después de la puesta en servicio de la instalación que demuestren que se han producido mejoras en la letra o en las emisiones de CO2. Aquí es muy importante que el certificado anterior a la instalación esté bien hecho para que no impida conseguir la desgravación. Nos podemos encargar de hacerlo todo correctamente para ti.
  • IBI: dependiendo del municipio, existen deducciones en el IBI. Te podemos ayudar en esto.

En los estudios económicos que te podemos realizar, te haremos las simulaciones considerando estas deducciones.

¿Si se solicita una subvención como Comunidad de Propietarios, cómo se recibe el ingreso y cómo se declara?

La subvención se ingresa a la cuenta bancaria de la Comunidad que ha sido declarada en la solicitud de subvención y, dado que la planta fotovoltaica es propiedad de la comunidad de propietarios, se considera incremento patrimonial de todos ellos, en función de su cuota de participación en la comunidad de propietarios e independientemente de que participen o no en el autoconsumo. Por tanto, todos los comuneros tienen que declararla en función de su cuota de participación en los impuestos.

Por otro lado, como hemos señalado en la anterior pregunta, los gastos asociados a estas instalaciones, al menos hasta 31 de diciembre de 2025, son desgravables en un 40-60% para personas físicas (pudiéndose sumar otro porcentaje por desgravaciones autonómicas), por lo que, por una parte, se deben declarar y, por otra, se pueden desgravar en parte si se hace adecuadamente todo el proceso.

Como ejemplo, digamos que por cada kilowatio de potencia fotovoltaica y con un tipo medio del 15%, aplicando una desgravación del 60% sobre la parte no subvencionada, el pago adicional no debería ser muy superior a los 100 euros, y es un pago único en toda la vida de la planta.

También hay que señalar que hay subvenciones que se consideran exentas de declarar el incremento patrimonial que suponen, así como que en muchos ayuntamientos estas plantas producen reducciones de sustanciales del IBI durante unos cuantos años, con lo que el impacto tributario resulta muy beneficioso para quien decide instalar la planta fotovoltaica.

Por último, conviene señalar que éste es un tema controvertido a nivel político y con muchos cambios, incluso a nivel legislativo. Te ayudaremos en este aspecto también llegado el momento.

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